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La Asamblea General de la Mutualidad de la Abogacía ha aprobado distintas modificaciones reglamentarias sobre la prestación de maternidad/paternidad para mejorar las coberturas, que ya están vigentes desde este mes de julio. Así lo ha informado el Director General de la Mutualidad al grupo de senadores de Compromís, formación que trasladó a la Cámara Alta la problemática que sufrían distintas abogadas, que no tenían derecho a una baja por maternidad, como cualquier madre de este país que cotice en la Seguridad Social.

Compromís se hizo eco de un grupo de afectadas mutualistas y sus parejas que no podían ni disfrutar de tal derecho ni cederlo, por lo que instó en una moción a que el Gobierno legislara en la materia de manera que las afectadas pudieran disfrutar de un permiso de maternidad estén en el régimen en el que estén, como cualquier otra mujer, al igual que sus maridos o parejas. El PP, en la Comisión de Igualdad, rechazó equiparar las condiciones para el disfrute de la baja por maternidad de las mujeres letradas de la Mutualidad de la Abogacía a las del régimen general de la Seguridad Social y tildó la petición de la coalición valenciana de “medias verdades, política de brocha gorda y falsedad” contra la visión de todos los grupos de la oposición que reclamaban iniciativas para equiparar permisos y remuneraciones.

La Mutualidad de la Abogacía ha explicado que modifica las garantías para incluir la maternidad/paternidad en la cobertura de incapacidad temporal profesional para las profesionales ejercientes por cuenta propia alternativas al RETA y, en su caso, dependencia. La cobertura de Incapacidad Temporal Profesional incluirá el cobro de una indemnización en caso que se deba interrumpir la actividad profesional de forma temporal incluyendo la adopción de menores de seis años y la prestación de maternidad/paternidad, incluyendo días de disfrute de descanso donde se cubre la pérdida de ingresos para cuidar los hijos. Tales indemnizaciones se corresponden con una suma equivalente a 120 días, con el límite de 3.600 euros pagaderos en cuatro mensualidades, así como por aborto espontáneo que equivale a 20 días, indemnización por lactancia y por peligro vital de la madre o el feto y por hospitalización por patologías del embarazo. También el pago único equivalente a 30 días como cobertura de paternidad.

Se trata sin duda de una magnífica noticia, que constata que la situación de las afectadas era real y mejorable y cómo, una vez más, el PP se queda solo defendiendo lo indefendible y de cómo su prioridad no son las personas y los derechos. Si bien no se trata de una equiparación definitiva, si son importantes avances en la mejora de la situación de los afectados”, ha señalado Jordi Navarrete, que defendió la medida en la Comisión de Igualdad.